
Acerca del portal de transparencia del COIAANPV y la Ley de transparencia
Introducción
En aplicación de la ley 19/2013 de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno está previsto que las Corporaciones de Derecho Público como los Colegios Profesionales, en cuanto a sus actividades sujetas a Derecho Administrativo, estén sujetos al régimen de publicidad activa y pasiva que en ella se establece.
¿Qué regula la Ley de Transparencia?
Esta Ley tiene por objeto ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y garantizar el derecho de acceso a la información relativa a aquella a la actividad de las corporaciones de derecho público sujeto a derecho administrativo.
¿Qué es el Portal de Transparencia del Colegio de Ingenieros Agrónomos de Aragón, Navarra y País Vasco (COIAANPV)?
Este portal va a ser una plataforma donde ser podrá acceder a la información institucional, organizativa, económica y presupuestaria relativa a los actos de gestión administrativa actualizada y de mayor relevancia del COIAANPV.
El acceso a esta información garantiza la transparencia de la actividad relacionada con el funcionamiento y control de la actuación pública.
¿A quién va dirigido el Portal de Transparencia del COIAANPV?
El portal está dirigido a los ingenieros agrónomos o ciudadanos que deseen obtener información relativa al funcionamiento del Colegio, normas, información económica, etc… o realizar trámites relacionados con el Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de Aragón, Navarra y País Vasco.

Introducción sobre las funciones y organización del colegio
Funciones
1. Son fines esenciales de los Colegios la ordenación del ejercicio de las profesiones, la representación institucional exclusiva de las mismas cuando estén sujetas a colegiación obligatoria, la defensa de los intereses profesionales de los colegiados y la protección de los intereses de los consumidores y usuarios de los servicios de sus colegiados, todo ello sin perjuicio de la competencia de la Administración Pública por razón de la relación funcionarialla ordenación del ejercicio de la profesión, la representación exclusiva de la misma y la defensa de los intereses profesionales de los colegiados.
2. Como funciones generales de los Colegios se enumeran a titulo enunciativo y no limitativo, las siguientes:
1ª Mantener un activo y eficaz servicio de información sobre actividades a desarrollar por los Ingenieros Agrónomos, promoviendo así el adecuado nivel de empleo entre los colegiados.
2ª El asesoramiento a Organismos del Estado, de las Comunidades Autónomas, regionales o provinciales, Corporaciones Locales, personas o Entidades particulares ya sus mismos colegiados, emitiendo informes, resolviendo consultas o actuando en arbitrajes a instancias de las partes.
3ª Informar todas aquellas modificaciones de la legislación vigente, en cuanto se relaciona con la profesión de Ingeniero Agrónomo.
4ª Impulsar el desarrollo de las labores científicas, culturales y sociales relacionadas con la profesión.
5ª Promover y organizar la previsión y socorro entre los colegiados.
6ª Cooperar con la Administración de la Justicia y otros organismos oficiales en la designación de Ingenieros Agrónomos que hayan de realizar informes, dictámenes, tasaciones u otras actividades profesionales, a cuyo efecto se facilitarán periódicamente a tales organismos lista de colegiados de número.
7ª Comparecer ante los Tribunales de Justicia en representación de los colegiados de número, ejerciendo las acciones procedentes en reclamación de los honorarios devengados por los mismos en el ejercicio de la profesión siempre que se cumplan las condiciones acordadas por el Consejo General.
8ª Velar en todo momento por los derechos y deberes de la profesión, defendiéndola debidamente en todas las cuestiones privativas de su actividad, especialmente las que se determinan en los artículos 6º y 7º de estos Estatutos interviniendo en todo momento para que no se desconozcan ni se dificulte su ejercicio.
9ª Velar por el prestigio, independencia y decoro de la profesión; tanto en las relaciones recíprocas de los colegiados como en las que se mantengan con las autoridades, entidades y particulares, así como establecer normas para los contratos de trabajo profesional.
10ª Impedir el intrusismo profesional, y, en su caso, perseguir ante los Tribunales de Justicia a quienes no cumplan las condiciones legales establecidas en orden al ejercicio profesional.
11ª Visar los trabajos profesionales, (en colegios de ámbito inferior al nacional, el profesional firmante del trabajo cuyo visado sea obligatorio podrá obtener el visado en cualquiera de ellos), una vez comprobado que se ajustan a las normas establecidas.
13ª Organizar como mandatario el cobro de los honorarios acordados libre y voluntariamente por los colegiados a petición de éstos
14ª Recoger y encauzar las aspiraciones de la profesión, a cuyo efecto los Colegios elevarán al Consejo General cuantas sugerencias estimen oportunas en relación con la perfección y regulación de los servicios que puedan prestar los Ingenieros Agrónomos tanto a Organismos oficiales como a las Entidades particulares
15ª Instruir los oportunos expedientes disciplinarios e imponer cuando proceda y hacer efectivas las medidas disciplinarias relativas a los colegiados en la forma que se establece en los presentes Estatutos.
16ª Cualesquiera otros fines que acuerde la Junta de Gobierno o la Junta General, siempre que no se opongan a los acuerdos que con carácter obligatorio y general haya tomado el Consejo General reglamentariamente.
17ª Cuantas otras funciones redunden en beneficio de los intereses profesionales de los colegiados.
Organigrama
ORGANIZACIÓN DEL COLEGIO
Los órganos de gobierno del Colegio son la Junta General de Colegiados y la Junta de Gobierno.
La Junta General es el órgano superior que expresa la Voluntad del Colegio y está formada por todos los colegiados, y la Junta de Gobierno asume la dirección y administración del Colegio de acuerdo con las normas y atribuciones fijadas en los Estatutos Generales del Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Agrónomos, los Estatutos Particulares y las específicas en el Reglamento de Régimen Interior.
La Junta de Gobierno está formada por el Decano, el Secretario, el Interventor, un Delegado por cada provincia del ámbito territorial del Colegio y cuatro Vocales.
Los cargos se eligen democráticamente, renovándose conforme lo indicado en los Estatutos
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ORGANIGRAMA DEL COLEGIO |
Comisiones
De conformidad con el Art.26 de los Estatutos Generales, con el fin de conseguir una mayor eficacia y continuidad en el ejercicio de las funciones de la Junta de Gobierno, esta estará asistida por una Comisión Permanente, de la que forman parte los miembros de la Junta de Gobierno con residencia en Zaragoza, sin perjuicio de la participación en la misma de otros miembros de la citada Junta.
Su misión es el estudio y formulación de propuestas a la Junta de Gobierno, tratar aquellos asuntos que requieran de su atención y resolver sobre el visado y control de los trabajos profesionales que le sean presentados por la Secretaría Técnica.
Comisiones sobre áreas específicas de trabajo, creadas por la Junta General de Colegiados o por la Junta de Gobierno. Sus funciones son:
- Asesosar a la Junta de Gobienro o a la Junta General cuando estas lo soliciten
- Desarrollar las actividades que se le encomienden
- Proponer iniciativas a la Junta de Gobierno o, en su caso, a la Junta General.
Las Comisiones que actualemente están en funcionamiento son:
- COMISIÓN PERMANENTE
- COMISIÓN DEL EJERCICIO PROFESIONAL
- COMISIÓN DEL FORO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL
- COMISIÓN DE FORMACIÓN
- COMISIÓN DE DEONTOLOGIA PROFESIONAL
Memoria Anual
La Junta General celebrada el 7 de junio de 2025, aprobó la Memoria Anual correspondiente al año 2024. La Memoria, además de atender a las exigencias normativas establecidas por la Ley 2/1974 de Colegios Profesionales, expone con gran detalle, y máxima transparencia, todas las actividades realizadas así como información de interés, tanto para los colegiados como para la sociedad.

Resumen económico, información de convenios y subveciones
Convenios
Subvenciones recibidas
|
Organismo |
Tipo ayuda |
Importe recibido € |
| DGA DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD | GO PARTENARIADO AGUA DEL EBRO CREACIÓN | 3.000 € |
| DGA DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD | GO PARTENARIADO AGUA DEL EBRO EJECUCIÓN 2018 | 14.754,32 € |
| DGA- DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD | COOPERACIÓN RICA 2017 | 38.712,32 € |
| DGA- DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD | COOPERACIÓN RICA 2018 | 7.204,88 € |
| DGA- DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD | COOPERACIÓN APLICACIÓN RICA 2018 | 15.478,78 € |
| DGA- DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD | COOPERACIÓN APLICACIÓN RICA 2019 JUNIO | 18.911,84 € |
| DGA- DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD | COOPERACIÓN REGADÍO MANUBLES 2019 JUNIO | 1.867,53 € |
| DGA- DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD | COOPERACIÓN APLICACIÓN RICA 2019 OCTUBRE | 26.123,07 € |
| DGA- DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD | GRUPOS OPERATIVOS PARTENARIADO 2019 OCTUBRE | 16.543,43 € |
| DGA- DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD | COOPERACIÓN REGADÍO MANUBLES 2019 OCTUBRE | 11.440,00 € |
| DGA- AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE | COOPERACIÓN APLICACIÓN RICA JUNIO 2020 | 21.880,00 € |
| DGA- AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE | COOPERACIÓN 2021 | 47.493,28 € |
| DGA- AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE | COOPERACIÓN 2022 | 53.135,37 € |
| DGA- AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN | COOPERACIÓN 2023 | 60.332,36 € |
| DGA- AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN | COOPERACIÓN 2024 | 16.684,49 € |
| DGA- AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN | GRUPO OPERATIVO 2024 | 2.160,00- € |
Retribuciones
Los miembros de la Junta de Gobierno del Colegio perciben en concepto de kilometraje para los desplazamientos de asistencia a Junta de Gobierno, en su condición de tales y fuera de sus respectivas localidades, a razón de 0,40€/km, y son cubiertos los gastos de estancia por razón de la asistencia a dicha Junta.
Los miembros de Junta de Gobierno y los colegiados designados por esta, para representación en actos institucionales, o asistencia a reuniones, percibirán en concepto de kilométraje por los desplazamientos efectuados a razón de 0,25€/km.
Los miembros de Junta de Gobierno no perciben ninguna otra remuneración.

Buzón de atención al ciudadano y solicitud de información
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Acceso a información pública
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